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Absuelto el coordinador de seguridad al quedar demostrado su buen hacer mediante instrucciones escritas

La Audiencia Provincial de Jaén, en sentencia de 16 de junio de 2011, ha confirmado la absolución del coordinador de seguridad y ha condenado a los representantes legales de una constructora por un delito contra la seguridad de los trabajadores en concurso con un delito de homicidio imprudente. La absolución del coordinador de seguridad se fundamentó en la acreditación documental de los deberes que le eran exigibles.


Esta resolución es consecuencia del accidente laboral sufrido por un trabajador mientras estaba enluciendo un mortero del techo de la tercera planta de un edificio precipitándose al vacío por un hueco de un balcón desde una altura de 9 metros, lo que provocó finalmente su fallecimiento.

La sentencia afirma, a la vista de la prueba documental consistente en el libro registro de prevención y coordinación, que el coordinador de seguridad hizo anotaciones en el mismo en materia de seguridad y salud, con instrucciones dirigidas directamente al constructor, para corregir deficiencias de seguridad observadas en sus visitas periódicas a la obra. La resolución incluso resalta una anotación realizada por el técnico tres días antes de que se produjera el accidente en la que daba una orden a la empresa contratista de colocar barandilla de seguridad en todos los huecos, por lo que quedó demostrado el cumplimiento de las obligaciones del coordinador de seguridad.

En esta misma línea, la propia resolución afirma que el coordinador de seguridad asistía periódicamente a la obra y daba las instrucciones oportunas a los contratistas, cuestión que queda demostrada por la periodicidad de las anotaciones en el libro de visita, lo que condena al constructor por incumplir con las ordenes dadas por el coordinador de seguridad tanto de forma oral como por escrito.

La sentencia concluye que queda totalmente acreditado que el coordinador de seguridad cumplió con todas sus facultades y deberes, por lo que no existe incumplimiento de normativa legal alguna que supusiera un riesgo grave para la vida de los trabajadores.

Todas estas afirmaciones, que traen finalmente como consecuencia la absolución del coordinador de seguridad y la condena del constructor, reflejan la importancia que tiene no sólo cumplir las exigencias que le son debidas, sino que además éstas han de estar acreditadas documentalmente.